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El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos instruyó a la Asociación Nacional de Fútbol Profesional (ANFP) que descarte cualquiera relación comercial con casas de apuestas online no autorizadas en el país y que informe a sus socios que procedan de igual manera.

La acción fue determinada por el Departamento de Personas Jurídicas de la secretaría de Estado.

Los hechos

La resolución la adoptó el organismo tras un procedimiento de fiscalización que inició hace un año, a raíz de una presentación de los diputados Jaime Mulet, Marisela Santibáñez, Andrés Giordano, Nelson Venegas, Sebastián Videla, Erika Olivera y Hernán Palma, del 18 de agosto de 2022, por eventuales infracciones legales cometidas por la ANFP en este ámbito.

En este proceso se solicitaron informes a la asociación, al Archivo Nacional, Registro Civil, la Superintendencia de Casinos de Juegos (SCJ), a la Polla Chilena de Beneficencia, al Servicio de Impuestos Internos (SII), a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), al Consejo de Autorregulación y Ética Publicitaria, y al Consejo de Defensa del Estado (CDE).

También, se puso en conocimiento al Ministerio Público tanto de la presentación hecha por el diputado Mulet, como sobre la fiscalización puesta en marcha por tratarse de hechos que pueden ser constitutivos de eventuales delitos.

¿Qué instruyó el ministerio?

Tras concluir la fiscalización, el ministerio resolvió instruir a la ANFP dejar sin efecto cualquier contrato que lo vincule con la empresa de apuestas online Betsson y que, en caso de mantener cualquier tipo de relación contractual con una casa de apuestas distinta a ella también se le ponga término, absteniéndose de realizar a futuro cualquier actividad comercial de similar naturaleza.

Además, la ANFP deberá informar a la secretaría de Estado la naturaleza jurídica de cada uno de sus socios, indicando también cuáles de estos mantienen relaciones contractuales con casas de apuestas con sede en el extranjero, los que deberán actuar de similar manera, en cuanto a concluir sus vínculos.

Para estos efectos, el Departamento de Personas Jurídicas fijó un plazo de 30 días hábiles, contados desde la notificación del oficio con sus instrucciones, para darles cumplimiento e informar a esta cartera.

Al respecto, el organismo informó que los artículos 557 y 559 letra c) del Código Civil, disponen que el incumplimiento de las instrucciones impartidas por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos se mirará como infracción grave a los estatutos, presupuesto que puede ser fundamento para solicitar al Consejo de Defensa del Estado que promueva el correspondiente procedimiento destinado a disolver la entidad por sentencia judicial.

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