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El Tribunal Constitucional (TC) rechazó dos de los tres requerimientos presentados por parlamentarios de Chile Vamos en contra del proyecto de ley de libertades condicionales, pero acogió aquel que declara inconstitucional el arrepentimiento como un requisito para acceder a ella.

El abogado constitucionalista Patricio Zapata habló con Hoy Es Noticia, donde explicó que lo que se cayó fue el requisito de demostrar arrepentimiento a través de una declaración pública, pero “la misma ley que aprobó el Parlamento contempla como regla general que toda persona que postule a la libertad condicional tiene que demostrar ante Gendarmería que se ha disociado o rechaza los conductas por las cuales fue condenada, entonces no es tan simple como decir que las personas que quieran postular a la libertad condicional no tienen que arrepentirse“.

Además, de acuerdo a Zapata “el fallo respeta la decisión que tomó la mayoría de la Cámara de Diputados y del Senado, es decir, para que una persona condenada por delitos de lesa humanidad pueda conseguir la posibilidad de postular a la libertad condicional van a tener que cumplirse dos tercios de la condena, no la mitad, y va a tener que acreditar que colaboró con la investigación de alguna forma”.

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El abogado señaló que lo que le importa es la preocupación que tenían las agrupaciones de familiares de las víctimas de violaciones a los derechos humanos y que “esas agrupaciones estuvieron presentes en las audiencias del Tribunal Constitucional y lo que les interesaba es que no fuera a seguir ocurriendo que en Chile diera lo mismo que hubieras robado a que hubieras torturado a una persona por razones políticas”.

“La nueva ley de libertades condicionales trata distinto a la persona que estafa, a la que roba, a la que comete delitos comunes, de los agentes del Estado que cometieron crímenes de lesa humanidad“, afirmó.

Los fundamentos del fallo se conocerán a más tardar el 2 de enero.

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