imagen_principal-16025.jpg
{"multiple":false,"video":[]}

Se trata de la primera ordenanza que protege la denominación de origen.

La medida obligará a cambiar las cartas de los restaurantes, bares y locales comerciales.

Desde el municipio aclararon que los locales podrán vender de todas formas el destilado, sin embargo, este no podrá llevar el nombre “pisco”.

Quienes no acaten la nueva normativa se enfrentan a multas que van desde las 5 UTM, hasta incluso el cierre del local.

Tal decisión se fundamenta en la Ley 18.455, que define al pisco como el aguardiente envasada y producida en las regiones de Atacama y Coquimbo.

Tags:

Deja tu comentario