Durante marzo Gendarmería de Chile confecciona la lista de los internos de las distintas cárceles del país que cumplen los requisitos legales para optar a la libertad condicional.

En el caso del penal de Punta Peuco, todos los años se postulaba para el beneficio a 35 internos que cumplían los requisitos. Sin embargo, durante este año el listado de los internos de este penal se redujo a 10.

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Con esto quedaron excluidos internos como Miguel Krassnoff, Raúl Iturriaga Neumann, Pedro Espinoza, Álvaro Corvalán, entre otros.

La causa legal para no postularlos al beneficio de la libertad condicional fue que aún no cumplían los 2/3 de la pena, según las reciente modificaciones del DL 321. Por ejemplo, Krassnoff cumple el requisito el 29/01/2450, Iturriaga Neumannel 30/01/2072 y Espinoza 15/07/2250.

Raúl Meza, abogado de estos internos, indicó que “estimamos que la reciente modificación del DL 321 que impone como requisito legal para optar al beneficio de la libertad condicional, como lo es el cumplimiento de los 2/3 de la pena respecto de reos condenados a muchos años de cárcel es absolutamente inconstitucional, ya que genera una denegación de por vida del derecho que tiene todo reo a la libertad condicional y además, los condena a morir en la cárcel, considerando que, en algunos casos, los 2/3 de la pena se cumpliría el año 2450, lo que es humanamente imposible de cumplir, haciéndolo una condición arbitraria y discriminatoria respecto de reos adultos mayores”.

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“El Gobierno de Sebastián Piñera es el autor intelectual de esta legislación que transforma a Punta Peuco en un campo de exterminio y condena a reos ancianos a morir en la cárcel indignamente y lejos de sus seres queridos”, agregó.

Por su parte, el general (r) Iturriaga Neumann escribió una extensa carta asegurando que es un “preso poítico militar” y acusando que no se han cumplido las “promesas que contrajo el candidato Sebastián Piñera luego de la primera vuelta presidencial en 2017”.

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