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“Arbitrario” e “ilegal”. Así calificó la Corte Suprema el actuar de la PDI ante la retención y posterior deportación de docenas de mujeres y hombres de nacionalidad haitiana que llegaron a nuestro país a inicios de marzo, a partir de un recurso de protección impuesto por parte del Movimiento Acción Migrante, patrocinado por el abogado Francisco Jara.

En fallo 4 a 1, el máximo tribunal revoca la resolución y cuestiona el actuar de la PDI en el caso de la devolución desde el aeropuerto por las siguientes razones: pedir vínculos familiares a personas que vienen en calidad de turistas, no precisar la “cantidad de dinero”, no considerar que las personas retenidas no hablaban el idioma, y realizar una expulsión colectiva prohibida por el artículo 13 del Pacto de Derechos Civiles y Políticos y otros tratados. 

Como señala la resolución, “dicha medida fue ilegal y arbitraria y vulneró su libertad de desplazamiento, puesto que no existe justificación alguna que fundamente en derecho la actuación desplegada por la autoridad policial recurrida, razones por las cuales el recurso interpuesto será acogido”. 

“Exhortamos a todas las personas quienes consideran que debe imperar un ambiente de justicia  a estar atentas y no permitir que las violaciones de los derechos humanos  pasen como normales o pensemos que no hay nada que hacer. Resignados jamás, la dignidad no tiene precio”, señalaron desde el MAM, quienes además agregaron que “cualquier acción de los diferentes ámbitos del Estado debe respetar las legislaciones vigentes para no caer en arbitrariedades que dañan el alma y la convivencia de todas y todos quienes habitamos esta tierra”.

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