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Ministro Mario Carroza dicta condena por secuestros y homicidios calificados de 11 presos del Campo de Prisioneros de Pisagua.

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El ministro en visita Mario Carroza condenó a 7 miembros del Ejército en retiro como responsables de los secuestros calificados de Miguel Nash Saez, Jesús Cañas Cañas y Juan Jiménez Vidal y los homicidio calificados de Marcelo Guzmán Fuentes, Juan Calderón Villalón, Luis Lizardi Lizardi, Julio Cabezas Gacitúa, Julio Córdova Croxato, Mario Morris Barrios, Humberto Lizardi Flores y Juan Valencia Hinojosa, todos ellos prisionero políticos del Campo de Pisagua entre los septiembre y octubre de 1973.

El magistrado condenó a Sergio Benavides Villarreal y Manuel Vega Collado a la pena de presidio perpetuo por su responsabilidad como autores de los 3 delitos de secuestros calificados y los 8 delitos de homicidio calificado.

En tanto Roberto Ampuero Alarcón, Gabriel Guerrero Reeve, Sergio Figueroa López y Arturo Contador Rosales fueron condenados a la pena de 15 años y un día de presidio por su responsabilidad en los tres delitos de secuestros calificados y los homicidios calificados de las víctimas Marcelo Guzmán Fuentes, Juan Calderón Villalón y Luis Lizardi Lizardi.

Además Miguel Aguirre Álvarez fue condenado a la pena de 10 años y un día de presidio por su responsabilidad en los tres casos de secuestros calificados, cometidos a partir del 29 de septiembre de 1973.

La investigación del ministro Mario Carroza logró determinar que luego del 11 de septiembre de 1973 se instaló en el Cuartel General de la Sexta División de Ejército, bajo el mando del general Carlos Forestier Haenseng (fallecido) un operativo de represión permanente a militantes y simpatizantes de los partidos del gobierno depuesto con la denominación de CIRE y que actuaba con las órdenes y orientación del fiscal militar de la época Mario Acuña Riquelme (también fallecido).

Las personas que acudían a los llamados efectuados mediante bandos militares o las que eran detenidas en allanamientos y detenciones eran trasladadas hasta el Cuartel General de la Sexta División de Ejército y derivadas desde ahí al Regimiento de Telecomunicaciones de la ciudad de Iquique, donde eran sometidos a interrogatorios bajo apremios físicos por orden impartidas de por comandante Forestier o el fiscal militar Acuña.

Los detenidos desde el Regimiento de Telecomunicaciones eran llevados al Campamento de Prisioneros de Pisagua donde nuevamente eran sometidos a golpizas para “ablandarlos” y se les obligaba a firmar documentos en blanco que erar llevados al fiscal militar Acuña “con el sólo propósito de justificar acusaciones falaces ante Consejos de Guerra simulados y poder solicitar en éstos, condenas como la pena de muerte, que una vez impuesta se ejecutaba dentro de las 24 horas siguientes con fusilamientos.

Dentro de este modo de operación el 19 de septiembre de 1973, en horas de las mañana, fueron sacados de sus celdas en el Campo de Prisioneros de Pisagua, Juan Calderón Villalón, Luis Alberto Lizardi Lizardi, Marcelo Omar Guzmán Fuentes, Juan Jiménez Vidal, Jesús Nolberto Cañas y Michel Selin Nash Saez, los que fueron ejecutados en las cercanías del campo de prisioneros bajo el pretexto de que habrían intentado fugarse mientras eran trasladados fuera del lugar. Los cuerpos fueron envueltos en arpilleras y luego inhumados en una fosa en el Desierto de Atacama. Con posterioridad a mediados del año 1990 son encontrados los restos de Calderón Villalón, Lizardi Lizardi y Marcelo Guzmán Fuentes, pero no se encuentran antecedentes de los cuerpos de Juan Jiménez Vidal, Jesús Nolberto Cañas y Michel Nash Saez, quienes actualmente se mantienen desaparecidos.

En tanto el 11 de octubre de 1973 fueron sacados de sus celdas los prisioneros Julio Cabezas Gacitúa, Juan Valencia Hinojosa, Mario Morris Barrios, José Córdova Croxato y José Humberto Lizardi Flores quienes son ejecutados en un lugar cercano al Cementerio con la vista vendada y las manos atadas al margen de toda legalidad, deceso que fue verificado por un médico y en el caso que sobrevivieran se les remató mediante tiro de gracia, luego de ello sus cuerpos fueron envueltos en arpillera y enterrados en una fosa común.

En el aspecto civil se condenó al Fisco a pagar la suma total de $ 510.000.000 (quinientos diez millones de pesos) por el daño moral producido a los padres, cónyuges, hijos y hermanos de las víctimas en montos que se detallan en la sentencia.

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