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Desde 2017 si se obtienen ganancias sobre 8.000 UF por la venta de propiedades, se deberá pagar un impuesto.

– El ABC de las pensiones

Desde 2016 comenzará el cobro de I.V.A por la compra de una vivienda nueva, pero además hay otro tema importante que trae la reforma tributaria para el sector inmobiliario: a partir de 2017 si usted vende una casa y obtiene 8 mil UF de ganancias, deberá pagar un impuesto de 10%

Como esto rige para propiedades compradas desde 2004, el Servicio de impuestos Internos (SII) dio la opción de retasar estos bienes y quizás evitar el pago de este tributo.

En entrevista con CNN Chile, el director de Finanzas Corporativas de la consultora Colliers, Rodrigo Makuc, analizó la importancia de la retasación y explicó que “permitiría evitar el potencial pago de impuestos a partir de 2017”. 

Asimismo destacó que las 8 mil UF es un “límite de por vida y asociado al rut de la persona, no a una propiedad en particular”. 

Por lo tanto, cualquier vivienda que venda una persona se irá sumando al monto estimado de 8 mil UF, para que cuando se sobrepase el límite de ganancia, el vendedor pague el impuesto del 10% .

Más detalles, en el video adjunto.

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