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Los comuneros fueron procesados bajo la polémica “Ley Antiterrorista”.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos dictó sentencia en contra del Estado de Chile, responsabilizándolo de violación a los principios de legalidad y presunción de inocencia de ocho mapuches que fueron juzgados y condenados sobre la base de la Key Antiterrorista.

La determinación del tribunal internacional se refiere al caso presentado en nombre de Aniceto Norín , Pascual Pichún , Florencio Marileo , José Huenchunao , Juan Marileo, Juan Millacheo , Víctor Ancalaf y la activista Patricia Troncoso, condenados a penas de entre 5 y 10 años por los delitos de incendio y tentativa de incendio, siendo calificados de terroristas, en una serie de hechos ocurridos entre los años 2001 y 2002 en las regiones del Biobío y de La Araucanía.

El tribunal internacional notificó oficialmente la sentencia de fondo, consistente en reparaciones y costas en el caso, que había sido sometido a su jurisdicción el 7 de agosto de 2011. 

La sentencia ordena al Estado chileno, como medida de reparación, adoptar “todas las medidas judiciales, administrativas o de cualquier otra índole para dejar sin efecto, en todos sus extremos, las sentencias penales condenatorias emitidas en contra de las ocho víctimas”. 

Asimismo, ordenó otorgar becas de estudio en instituciones públicas chilenas a los hijos de las víctimas que lo soliciten y pagar indemnizaciones por los daños materiales y inmateriales causados a los demandantes.

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